6. Transmisión de nacionalidad mexicana de abuelos mexicanos a nietos nacidos en el extranjero
- 2 oct 2025
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Iniciativa que reforma el artículo 30, apartado A), fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Para garantizar el derecho humano a la nacionalidad mexicana de mexicanos residentes en el exterior, esta iniciativa propone que además de la madre mexicana, del padre mexicano o ambos padres mexicanos, también las abuelas mexicanas y abuelos mexicanos puedan transmitir la nacionalidad mexicana a sus nietas y nietos mexicanos nacidos en el extranjero, porque en este caso, hijos, padres y nietos forman parte de una misma línea o cadena consanguínea de mexicanos.
Cuando un padre o una madre mexicanos residentes en el exterior por diversas causas como: ausencia física, temas migratorios, negligencia, desconocimiento de que se pueden tener dos nacionalidades, o incluso la muerte, no transmitan la nacionalidad mexicana a sus hijos e hijas nacidos fuera del territorio nacional, entonces, como vía alternativa, los abuelos mexicanos también podrán transmitir la nacionalidad que es llave de identidad y es acceso de derechos de las personas mexicanas para con el Estado Mexicano.

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